Ley 18/2022 (disp. final 8.ª); Real Decreto 238/2026 (disp. final 4.ª y disp. trans. 3.ª); Orden HAC/1028/2026
Factura electrónica B2B obligatoria: resto de empresarios y profesionales (incluye autónomos)
6 de octubre de 2028
Pendiente de confirmar
A quién afecta
Resto de empresarios y profesionales, incluidas personas físicas (autónomos); quedan exceptuadas las facturas simplificadas no cualificadas.
Veinticuatro meses después de la entrada en vigor de la Orden (6/10/2026); fecha calculada por nosotros como 2028-10-06. Para autónomos y entidades en atribución de rentas de IRPF con volumen no superior a 8 millones, la comunicación de estados de la factura es voluntaria durante doce meses desde que el real decreto les resulte aplicable.
Fuente: BOE-A-2026-20587 · BOE-A-2026-7295 · BOE-A-2022-15818